Newsletter: Especial Regulación de Datos Personales-Absolución de Consulta
El Oficio N° SPDP-IRD-2026-0221-O de la Superintendencia de Protección de Datos clarifica que el Modelo Técnico de Gran Escala (MTGE) debe aplicarse de forma independiente a cada tratamiento y no sobre el conjunto consolidado de la empresa, evitando cargas regulatorias innecesarias si cada actividad individual no supera el umbral de 6 puntos. Asimismo, la autoridad ratifica que el uso de biometría o geolocalización activa la calificación de "Gran Escala" de manera automática e independiente, mientras que el tratamiento de datos sensibles solo es automático en el sector sanitario; en cualquier otro contexto, la escala debe probarse mediante la fórmula técnica. Este pronunciamiento es vital para determinar la obligatoriedad de contar con un Delegado de Protección de Datos (DPD) y realizar Evaluaciones de Impacto (EIPD) bajo criterios objetivos y específicos.
Equipo de Comunicación -VR Legal & Compliance
5/7/20262 min read


Estimados clientes y colaboradores
En VR Legal & Compliance, nos mantenemos a la vanguardia de la regulación digital. La reciente absolución de consulta de la Superintendencia de Protección de Datos (SPDP), mediante el Oficio N° SPDP-IRD-2026-0221-O, marca un hito en la forma en que las empresas ecuatorianas deben evaluar sus riesgos y obligaciones.
Esta resolución aclara definitivamente que la calificación de un tratamiento como "A Gran Escala" no es un juicio subjetivo, sino el resultado de un análisis técnico-jurídico obligatorio.
1. La Unidad de Análisis:Individualidad vs. Consolidación
La SPDP ha ratificado un principio operativo fundamental: el Modelo Técnico de Gran Escala (MTGE) se aplica a cada tratamiento de forma independiente.
Implicación práctica: Un responsable puede realizar múltiples tratamientos (ej. RRHH, Clientes, Videovigilancia). No se deben sumar los titulares de todos ellos. Si cada uno, por separado, no alcanza el umbral de 6 puntos, el responsable no está obligado a las medidas reforzadas para esos tratamientos específicos.
2. Análisis de la Fórmula Matemática del MTGE
Para determinar si su empresa debe nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPD) o realizar una Evaluación de Impacto (EIPD), la normativa establece la siguiente expresión matemática:
P=Ttitulares+Tvolumen+Tcategorías+Tfrecuencia+Tpermanencia+Tgeografía
¿Cómo se desglosan estas variables?
Para que el tratamiento sea considerado "Gran Escala", el puntaje acumulado (P) debe ser igual o mayor a 6 puntos. Aquí explicamos qué evalúa cada variable según la Norma General:
T (Titulares): Mide la cantidad única de personas afectadas en un periodo de 12 meses.
T (Volumen): Evalúa la cantidad de puntos de datos o registros asociados a cada titular (a mayor profundidad de perfilamiento, mayor puntaje).
T (Categorías): Diferencia entre datos básicos y categorías especiales (salud, menores, etnia, etc.).
T (Frecuencia): Clasifica si el tratamiento es único, periódico o continuo.
T (Permanencia): Mide el tiempo de vida del tratamiento (Ocasional, Temporal < 3 años, o Prolongado > 3 años).
T (Geografía): Determina si el impacto es Local, Nacional, Transfronterizo o Global.
3. Los "Atajos" a la Gran Escala (Calificación Directa)
El Oficio también aclara que existen tratamientos que saltan la fórmula y se consideran Gran Escala de forma automática (Art. 14 de la Norma General):
Biometría y Geolocalización: La SPDP confirma que son supuestos alternativos. No necesitan ocurrir juntos; si usted usa huella digital para control de acceso O rastreo GPS de flota, ya es un tratamiento a Gran Escala.
Sector Salud: Solo los tratamientos en sistemas sanitarios o gestión de historias clínicas son automáticos. Otros datos sensibles deben pasar por el cálculo de la fórmula.
Transferencias Sistemáticas: Se consideran Gran Escala si son parte de un "flujo estructural" (intercambios recurrentes y necesarios para el modelo de negocio).
💡 Nuestra Recomendación desde VR Legal & Compliance
El Oficio N° SPDP-IRD-2026-0221-O deja claro que la autoridad cuenta ahora con criterios objetivos para auditar a las empresas. Un error en el cálculo del MTGE podría significar que su empresa está operando sin un DPD o sin EIPDs obligatorias, lo cual es una infracción grave.
¿Su empresa ya aplicó el MTGE a su Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)?
En VR Legal & Compliance, le ayudamos a ejecutar este análisis técnico con rigor legal para asegurar que su organización cumpla con los estándares de la SPDP.
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Expertos en Protección de Datos y Cumplimiento Normativo.
El contenido de este newsletter es informativo y no constituye asesoría legal para casos específicos.
